Carlos A. Guerrero
Juicio - Tribunal oral criminal 1 Necochea
El Tribunal dictó sentencia este miércoles.

Cuatro años de prisión fue la pena que recibieron en la mañana del miércoles hermanos Jorge Antonio y Manuel Pedro Mustafá, por hallarlos penalmente responsables del delito de “amenazas coactivas”, hecho del que resultaron víctimas dos de sus ex empleados en septiembre del año 2011. El Juez Mario Juliano dio a conocer la condena de primera instancia, señalando que la pena impuesta fue por mayoría.

Los Mustafá llegaron al debate en calidad de detenidos, acusados de haber secuestrado, golpeado y torturado a Ernesto y Mauro Galván en septiembre de 2011, cuando ambos fueron acusados de ser los responsables del faltante de una suma de dinero existente en una caja fuerte de la planta cerealera donde trabajaban.

Los Galván denunciaron que sus ex empleadores los privaron de su libertad, los golpearon y torturaron con la aplicación de corriente eléctrica para que confesaran el hecho.

En los alegatos, la fiscalía desistió de acusar por el delito de tortura, puesto que se no se dieron los requisitos propios para la gravedad de ese hecho. Lo propio sucedió con la figura penal del secuestro coactivo agravado, la cual fue reemplazada por amenazas con coacción y lesiones leves; requiriendo una pena de cuatro años de cárcel.

El abogado defensor de los imputados había pedido la absolución de sus clientes, planteando en forma alternativa la misma calificación impulsada por la acusación fiscal pero con una pena de tres años, la cual le hubiese permitido a los imputados cumplir la condena en libertad.

Los jueces coincidieron con el desistimiento que impulsó la fiscalía, pero decidieron el cambio de calificación por el delito de “amenazas coactivas”, figura penal que incluye las lesiones sufridas por los Galván.

La pena de cuatro años de prisión fue impuesta por mayoría, predominando los votos de las Doctoras Luciana Irigoyen Testa y Alejandra Manis sobre su colega Mario Juliano, que se pronunció por una sanción tres años de ejecución condicional.

En la misma sentencia se establece la restitución de los vehículos a los hermanos Galván, cuyas unidades se encuentran en la planta de cereales donde las víctimas trabajaban.

Fuente: canal TSN Necochea.